Esto es algo que nos vale a todos para que estos dueños de las empresas
concesionarias privadas que tiene el Ayuntamiento para explotar la zona azul no
nos sigan robando en nuestras narices ya que no sé si Uds saben esto:
Las multas que te ponen cuando se nos olvida poner el ticket de zona azul son
todas nulas de pleno derecho según el art 62.1.b de la Ley 30/1992 de 26 de
Noviembre y el art 3 del Reglamento del Procedimiento Sancionador en materia de
tráfico, circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, aprobado por Real
Decreto 320/1994, de 25 de febrero.
Quitar las multas de zona azul
Tú no estas obligado a pagar la zona azul ya que para eso pagas un impuesto
de circulación en tu ciudad. Cuando pones “1 Euro” en el parkimetro, ese Euro va
directamente a parar al bolsillo del dueño de la empresa concesionaria privada y
cuando no has puesto ticket te colocan un sobre marrón en el parabrisas del
coche, que introduciendolo en la maquinita y pagando “solo 3 Euros”, que van a
parar directamente al bolsillo del dueño de dicha empresa, te quitan muy
amablemente la multa, jajaja. ¡¡¡¡¡Que ladrones!!!!! . Esto es de risa, pero
ATENCION que si no pagas los “3 euros” , ellos alegando falsamente que esa multa
la pone un Policia Local te envian la multa por medio de la Diputación llegando
a embargarte la cuenta del banco si no pagas en un tiempo que te dan la cantidad
de 80 Euros, que muy amablemente te rebajan a 40 Euros si pagas antes de 10
dias,,, jajajaja,,, de risa y todo basado en un fraude ante el desconocimiento
de la gente en general con el que todos salen ganando menos tú, el
trabajador.
BASTA YA DE DEJARNOS AVASALLAR POR ESTA PANDILLA DE LADRONES. VAMOS A DARLES
DONDE MAS LES DUELE.
Para ello pongamos nuestros datos en el archivo adjunto, que es un comunicado
tipo que entregaremos en Diputación por duplicado, pero no antes de que te
llegue la multa a tu casa (para poder poner el número de expediente de la
multa). Una vez entregado en información le dices al funcionario que le de
entrada al documento sellandote la copia que tu te llevarás. En 1 mes aprox. te
contesta la diputación dandote la razón y archivando tu expediente y fuera multa
y embargo de cuenta bancaria. A mi ya me han quitado 3 seguidas y no pienso
pagar más una zona azul en mi ciudad. LA INSTANCIA DE DESCARGOS:
AL ILMO SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
D. , MAYOR DE EDAD CON DNI; CON DOMICILIO EN C/ ,MANIFIESTA:
Que he sido anunciado en el BOP bajo el epígrafe “notificación de denuncia de
tráfico”, número de expediente , por estacionar en lugares habilitados por la
autoridad municipal como estacionamiento con limitación horaria, sin colocar el
distintivo que lo autoriza, por un importe de euros, no estando conforme con la
misma y dentro del plazo señalado, presento la siguiente:
ALEGACION
El número de agente denuncianteque figura en la notificación de la denuncia
no corresponde a ningún agente de la Policía Local de la Población, pudiendo
corresponder a alguno de los encargados de la empresa que gestiona la zona azul,
en consecuencia, el acto de inicio del Procedimiento Sancionador resulta nulo de
pleno derecho, conforme al art. 62.1.b, de la Ley 30/1992, de 26 noviembre. Al
ser dictado por órgano manifiestamente incompetente, en cuanto que la denuncia
no ha sido formulada por agente de la Policía Local o agente alguno de la
autoridad ni autoridad competente alguna, según dispone el art 3 del Reglamento
de Procedimiento Sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a
motor y seguridad vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de
febrero.
Por lo expuesto:
Solicito que, tengan por presentado en tiempo y forma este escrito de
alegación en el expediente de referencia, y tras los trámites oportunos,
acuerden declarar su improcedencia y procedan al archivo de sus actuaciones. Lo
que se pide en a de de dos mil once
–
Subject: LAS MULTAS EN CCAA
Por si acaso vas a Cataluña, País Vasco,
Galicia o Levante en coche y os ponen una multa.
Esquivar una multa en estas CC.AA., resulta relativamente sencillo, sobre
todo si el motivo de la sanción es un mal estacionamiento. Sólo hay que
comprobar si la señal de tráfico de prohibido aparcar, zona azul o cualquier
otra está escrita exclusivamente en catalán, gallego o euskera. Si es así (cosa
que ocurre en el 100% de los casos), la batalla está ganada.
El único trámite a realizar es recurrir la penalización argumentando el
incumplimiento de los artículos 56 y 138 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, relativos al idioma de las señales. Ambos
apartados normativos obligan a que «las indicaciones escritas de las señales de
tráfico se expresen al menos en el idioma oficial del Estado» -Artículo 56-.
La norma establece que esa señalización en la vía pública «figure en idioma
castellano, y además, en la lengua oficial de la Comunidad Autónoma cuando la
señal esté ubicada en el ámbito territorial de dicha Comunidad» -Artículo 138-.
El Ayuntamiento incumple esta normativa estatal en pro de la causa lingüística y
prefiere renunciar a cobrar las multas recurridas por este concepto a rotular en
castellano las señales..
Transmítelo para ampliar el conocimiento legislativo y mejorar en las
técnicas de respuesta del ciudadano al consistorio.